El Colegio de Abogados de Guinea Ecuatorial inhabilitó al abogado de los annoboneses, Ángel Obama Obiang Eseng

La dictadura ecuatoguineana sigue sumando capítulos de desatino y abuso. Ahora, el Colegio de Abogados de Guinea Ecuatorial anunció la inhabilitación temporal del abogado Ángel Obama Obiang Eseng por mera cuestión política. Ya en en el mes abril, el Colegio de Abogados de París había remitido al Alto Comisionado un informe para el Examen Periódico Universal de las Naciones Unidas, criticando la parcialidad del Colegio de Abogados ecuatoguineano, su falta de formación práctica y de conocimientos teóricos de los responsables de la administración de justicia guineana, y los riesgos del ejercicio de la abogacía en el país africano.

La resolución sancionadora número 64/024 del Colegio le prohibió a Eseng ejercer la abogacía y lo obligó a cerrar su despacho jurídico. La entidad que nuclea a los abogados acusó a Eseng de estar vinculado a la organización civil no legalizada, Somos Más, y de defender los derechos de sus miembros, una alegación que parece más una estrategia para silenciar a un abogado comprometido con los derechos humanos que una verdadera causa legal.

Ángel Obama Obiang Eseng, además de ser el secretario Ejecutivo de Relaciones Institucionales del Partido Convergencia para la Democracia Social (CPDS), ha estado defendiendo a los secuestrados annoboneses, quienes fueron arrestados el pasado julio por manifestarse pacíficamente contra las explosiones provocadas por la empresa SOMAGEC, en San Antonio de Palé. Este cuestionamiento a las prácticas abusivas de la dictadura de Teodoro Obiang Nguema Mbasogo ha sido, evidentemente, demasiado incómodo para el régimen, que no ha tardado en actuar violentamente para sofocar cualquier voz disidente.

El Colegio de Abogados, en su resolución, ha demostrado un desdén absoluto por el debido proceso. Según la ley del Procedimiento Administrativo número 1/2014, las sanciones deben estar claramente delimitadas por las regulaciones y las medidas adoptadas en este caso no parecen ajustarse a esta normativa. El artículo 137 de dicha norma establece que las medidas cautelares deben estar previstas en las leyes que regulen el procedimiento sancionador, y la suspensión temporal del ejercicio de la abogacía, así como el cierre del despacho, no se encuentran contempladas en el Estatuto del Colegio.

En ese marco, la comunidad internacional empieza a prestar atención. El informe del Barreau de París, enviado al Alto Comisionado de las Naciones Unidas, denuncia la falta de independencia del Colegio de Abogados de Guinea Ecuatorial y critica el sistema de justicia guineano. Este informe señala que el Colegio no solo carece de democracia interna, sino que lleva más de dos décadas sin celebrar elecciones, lo que subraya la corrupción y el control absoluto del régimen sobre las instituciones legales.

La inhabilitación de Ángel Obama Obiang Eseng constituye otra pieza en el ajedrez de la represión ecuatoguineana. La situación en Guinea Ecuatorial no solo es una triste demostración de la falta de respeto por los derechos fundamentales, sino también un recordatorio de la necesidad urgente de solidaridad y apoyo a aquellos que luchan por la justicia en condiciones tan adversas.

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