Pudul Adjo Balbô, Ministro de Asuntos Exteriores de la República de Annobón, se pronunció enérgicamente en defensa del derecho a la autodeterminación del pueblo annobonés, respondiendo a quienes cuestionan la posibilidad de que Guinea Ecuatorial respete la soberanía de Annobón. En su declaración, el funcionario subrayó la importancia de considerar los principios internacionales del derecho y no limitarse a una interpretación parcial sobre la materia.
“Es mezquino pensar que un problema complejo puede resolverse exclusivamente con una sola ley nacional, especialmente cuando Guinea Ecuatorial ha suscrito pactos y convenios internacionales que también afectan este asunto”, afirmó.
El Ministro criticó a aquellos que defienden la inalienabilidad e irreductibilidad territorial como un principio absoluto, recordando que Guinea Ecuatorial, a través del artículo 8 de su Constitución, se compromete a acatar los principios del derecho internacional. “Ese derecho de irreductibilidad que algunos consideran absoluto está en realidad cuestionado”, puntualizó Balbô, citando varios marcos legales internacionales que refuerzan el derecho a la autodeterminación de los pueblos, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Los fundamentos jurídicos de la autodeterminación
Balbô destacó que, según la Resolución 1514 de 1960 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, “la sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas”, lo que implica que el derecho a la autodeterminación también está consagrado en dicho documento. Asimismo, subrayó que en los territorios no autónomos, como Annobón, el derecho a la autodeterminación prevalece sobre el principio de irreductibilidad territorial, dado que Annobón no goza de ningún tipo de autonomía bajo la administración de Guinea Ecuatorial.
Por otro lado, la Resolución 2625 de 1970 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que promueve la igualdad soberana de los estados, refuerza la obligación de Guinea Ecuatorial de cumplir con sus compromisos internacionales, aseguró el Ministro. Además, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, en su artículo 1.3, insta a los estados a promover y respetar el derecho de autodeterminación en conformidad con la Carta de las Naciones Unidas.
La conclusión del Ministro: Guinea Ecuatorial debe reconocer el derecho de Annobón
Pudul Adjo Balbô recordó que, como miembro de las Naciones Unidas, Guinea Ecuatorial está obligada a cumplir los principios del derecho internacional y los derechos establecidos en la Carta de las Naciones Unidas. “La autodeterminación es un derecho reconocido internacionalmente. Ningún estado tiene derecho a evocar su legislación interna para incumplir sus obligaciones internacionales”, sentenció el ministro.
Para cerrar su intervención, el Ministro de Asuntos Exteriores de la República de Annobón lanzó una advertencia clara: “Da mihi factum, dabo tibi ius” (dame el hecho, te daré el derecho). Según él, el pueblo de Annobón ya ha demostrado con hechos que merece su autodeterminación, y lo único que falta es que se le reconozca ese derecho. “No estamos pidiendo que se les otorgue un derecho, sino que se les reconozca lo que ya les ha sido concedido por la naturaleza, los pactos internacionales y las resoluciones de la ONU”, concluyó el funcionario annobonés.

Aitor Martínez Jiménez.
En esa línea se expresó también el abogado internacionalista, Aitor Martínez Jiménez, quien agregó: “Adicionalmente, el principio de soberanía nacional como freno para procesos de autodeterminación, incluso más allá de realidades coloniales, está en revisión actualmente. En la secesión unilateral de Kosovo la Corte Internacional de Justicia emitió una opinión consultiva en la que afirmó que no había impedimento desde el marco jurídico internacional para esa autodeterminación no colonial. Y de hecho en el caso de comisión de graves violaciones a derechos humanos contra un pueblo territorialmente determinado cabe la secesión incluso en contextos no coloniales, a través de la conocida como secesión remedio, que fue invocada por el informe Ahtisaari en el caso de Kosovo”.
La postura firme de Balbô marca un punto crucial en el debate sobre la soberanía de Annobón, elevando la discusión a un plano internacional y legal al que Guinea Ecuatorial prefiere escaparle.